Ask a Social Worker: Advance Care Planning

Pregunte a un trabajador social: Planificación anticipada de la atención médica

Puede designar a alguien para que tome decisiones en su nombre cuando usted ya no pueda hacerlo.

“Pregunte a un trabajador social” es una columna regular en la que aparecen preguntas de la comunidad y respuestas de miembros del Grupo de Trabajo Social de la NBDF. Si tiene preguntas para nuestros trabajadores sociales, envíelas a [email protected].

 

Estimada Jackie:

¿Existe alguna manera de designar a alguien con anticipación para que tome decisiones médicas o financieras en mi nombre si quedo incapacitada física o mentalmente?

Aunque esperamos estar siempre en buena forma física y mental, pueden ocurrir acontecimientos inesperados en la vida y es mejor estar preparado. Cuando uno cumple 18 años, se convierte en adulto legal en los Estados Unidos. Como adulto, usted tiene derecho a elegir quién puede tomar decisiones médicas y financieras en su nombre si alguna vez usted no puede tomar estas decisiones por su cuenta. También elige qué tipo de tratamiento médico le gustaría o no le gustaría al final de su vida. Estos se denominan planes de atención médica anticipados o directivas anticipadas.

Poner notarial

Un poder notarial es la directiva anticipada más común para decisiones relacionadas con las finanzas y la atención médica. Un poder notarial para atención médica, también conocido como poder para atención médica, entraría en vigor inmediatamente después de un evento médico que la dejó incapaz de tomar sus propias decisiones. Esa persona hablaría con sus médicos para tomar decisiones de tratamiento médico en su nombre. Una persona con poder notarial financiero puede seguir pagando sus facturas y actuar de forma independiente con respecto a sus finanzas cuando usted no pueda.

La persona que usted designe como apoderada debe tener 18 años o más y estar en pleno uso de sus facultades mentales. Esta persona será responsable de importantes decisiones financieras y médicas, así que elija a alguien que comprenda sus inquietudes. Deben ser dignos de confianza y es de utilidad que usted pueda comunicarse fácilmente con ellos. Podría ser un cónyuge, un padre, un hijo adulto, otro miembro de la familia o un amigo cercano. Puede designar a varias personas (como dos hijos adultos) y otorgarles un poder notarial doble. En la mayoría de los estados, no necesita un abogado para presenciar o redactar la documentación (aunque es muy recomendable). Cada estado tiene diferentes formularios y requisitos para crear documentos legales y, en la mayoría de los estados, estos deberán estar notariados. Es de destacar que un poder ya no es válido después de la muerte.

Testamento vital

Además de designar a una persona que tome decisiones, también puede crear un testamento vital. Un testamento vital describe sus preferencias de tratamiento específicas para el final de su vida. Al determinar sus deseos, piense en sus valores y en las medidas que le gustaría y no le gustaría que se utilizaran para mantenerse con vida. Hable con su(s) médico(s) si tiene preguntas sobre tratamientos médicos específicos al final de la vida, como la RCP. 

Algunos hospitales y centros médicos tienen su propio representante de atención médica o documentación de testamento vital que puede completar con un trabajador social o capellán, si está disponible. Esto es diferente de un poder notarial para atención médica. También puede hablar con su Centro de Tratamiento de Hemofilia sobre las diferentes opciones disponibles para usted. Es importante planificar y prepararse para su futuro.  

— Jacqueline M. Bottacari, LCSW

Bottacari trabaja en el Centro de Yale para Trastornos Hemorrágicos y de la Coagulación y es miembro del Grupo de Trabajo Social.